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Al pensionarte puedes continuar cotizando

Al pensionarte puedes continuar cotizando.
Cuando cumplas tu edad para pensionarte (mujer 55 años; hombre 60) puedas seguir trabajando.

Devolución de Saldo a Extranjeros

Devolución de Saldo a Extranjeros

Guía para efectuar el trámite

Este proceso puedes realizarlo personalmente o por medio de un representante legal, realizando una cita a través de video llamada para recibir la asesoría y completar la Solicitud de Devolución ingresando AQUÍ. La documentación que debes tener lista para la cita es la siguiente en formato digital o fotografía legible:

  • Pasaporte/Carné de Residente Vigente.
  • Si el trámite se realiza mediante apoderado deberá presentar copia del Documento de identidad vigente del representante legal así como copia certificada por notario del poder administrativo con cláusula especial para representar al afiliado en dicho trámite.

Es importante que al momento de presentar tu solicitud, todas tus cotizaciones se encuentren pagadas por tu empleador, de esa forma evitaras demoras en tu resolución.

Base legal: Art. 127 de la Ley Integral del Sistema de Pensiones.

Los documentos emitidos en el extranjero antes de ser presentados para iniciar un trámite deben legalizarse por medio de APOSTILLA o a través del trámite de auténtica, diligencias que deben seguirse ante el consulado de El Salvadoren el país de origen:

  • Apostilla: Es la legalización diplomática o consular para los documentos públicos extranjeros, específicamente para los países suscriptores del convenio de la Haya. En este caso no es necesario la legalización de las firmas en El Salvador.
  • Auténtica: Es la legalización de documentos públicos emitidos en el extranjero para los países no suscriptores del convenio de la Haya, los cuales deberán de continuar el trámite de legalización en el Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador para que pueda surtir efecto en el país.
  • Adicionalmente si los documentos debidamente legalizados por apostilla o auténtica se encuentran escritos en idioma extranjero, éstos deben ser traducidos al idioma castellano, por medio de diligencias de traducción ante notario.

Guía de trámite personal

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Guía trámite con apoderado

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